نبذة مختصرة : El presente artículo examina cómo el principio de no criminalización de las víctimas de trata de personas y explotación, fundamentado en el derecho internacional de los derechos humanos, se traslada a la teoría del delito. Para ello, se parte del papel que desempeña la dogmática penal, especialmente desde la academia, en la aplicación judicial del derecho penal. Desde esta perspectiva, se analiza la construcción de la norma penal en su dimensión argumentativa y comunicativa, enfatizando dos aspectos clave: el destinatario de la norma y su contenido. En este contexto, se cuestiona la ubicación tradicional de la imputabilidad y la exigibilidad de otra conducta en la culpabilidad, así como la distinción entre tipicidad y antijuridicidad. Se caracteriza la trata de personas y la explotación como fenómenos que implican relaciones de dominio o control sobre la víctima y se fundamenta el principio de no criminalización en la necesidad de su protección, conforme a lo establecido en el Protocolo de Palermo. Finalmente, se concluye que este principio implica la aplicación de un supuesto de inexigibilidad penal individual que impide al Estado considerar a la víctima de trata como destinataria de la norma penal, lo que tiene repercusiones directas en el proceso penal y en la protección de sus derechos.
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