نبذة مختصرة : Twelve years ago have happened since the Argentinian Congress ratified the International Convention of the children’s rights, incorporating it, to the internal right, now a days it is treating to adapt to the same, the legal instrument to the different provinces. Mean white as result of the convivence of the Convention representing the new model of the integral protection by one side, an the old minor laws based on the doctrine of the irregular situation, by the other side, a new uncertainty state arises, which is called “legal schizophrenia”, by Emilio García Méndez. The province of San Juan is not excented to the kind of phenomenon, where the politic doesn’t accept the changes, and similar behavior in the legal area have influenced on the judicial area, so that the new minor old laws go on applying them selves. This position pretends to interpret the word of assessor and judge of minority and family, intending to fit to the Convention, that mostly in the cases, it’s about formal character.
A doce años de que el Congreso Argentino ratificó la Convención Internacional de los Derechos del Niño incorporándola así al derecho interno, se va intentando, con enorme dificultad, la adecuación a la misma de los instrumentos legales para las distintas provincias. Mientras tanto, -producto quizás de la convivencia de la Convención, representando al nuevo paradigma de la protección integral, por un lado; y las viejas leyes de menores basadas en la doctrina de la situación irregular por el otro-, se genera un estado de incertidumbre, lo que Emilio García Méndez llamaría “de esquizofrenia jurídica”. La provincia de San Juan no es ajena a este fenómeno, donde una política refractaria a los cambios, sumada a comportamientos similares en el campo de lo jurídico procesal, han incidido para que en el plano judicial se continúe con la aplicación de las viejas leyes de menores con esporádicas apelaciones a la Convención, cuando no en las resoluciones, en las fundamentaciones. Esta ponencia pretende reproducir e interpretar las “voces” de asesores y jueces de menores y familia intentando una adecuación a la Convención que, como se verá, en la mayoría de los casos son de carácter formal o terminológico.
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