نبذة مختصرة : Resumen. El acceso de la población migrante a los servicios públicos, tales como salud, educación, sistema judicial y diversos otros, además de su garantía propiamente tal, requiere que dichos servicios no compartan la información sobre el status migratorio de las personas con las agencias policiales o migratorias. De este modo, las personas migrantes podrán acudir a los servicios públicos sin temor a ser detenidas o deportadas. Dichas prohibiciones de compartir información se denominan “barreras cortafuegos” y tienen sustento en los estándares internacionales de derechos humanos. Muchas ciudades de diferentes países (conocidas como “Ciudades Santuario”) han establecido tales barreras, aunque ellas continúan siendo excepcionales.
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