Item request has been placed! ×
Item request cannot be made. ×
loading  Processing Request

Requiere consulta previa las decisiones judiciales de la HONORABLE corte constitucional en asuntos de las minorías étnicas en colombia. ; It requires prior consultation honorable decisions of the constitutional court in matters concerning ethnic minorities in Colombia

Item request has been placed! ×
Item request cannot be made. ×
loading   Processing Request
  • معلومة اضافية
    • Contributors:
      Agudelo, Oscar Alexis
    • بيانات النشر:
      Universidad Militar Nueva Granada
      Facultad de Derecho
      Especialización en Procedimiento Penal Constitucional y Justicia Militar
    • الموضوع:
      2016
    • Collection:
      Universidad Militar Nueva Granada: Repositorio Institucional UMNG
    • الموضوع:
    • نبذة مختصرة :
      Luego de este recorrido por la legislación internacional y nacional y por la doctrina de la corte interamericana y de la corte constitucional respecto a la consulta previa, lo primero que puede concluirse con toda seguridad es que se trata de un derecho fundamental concebido para proteger la diversidad étnica y cultural de las comunidades tribales y de los pueblos indígenas y su libre autodeterminación como pueblos étnicos. En tal calidad, es susceptible de ser protegido por los mecanismos nacionales e internacionales de derechos, humanos es claro que los supuestos para la protección en una u otra instancia difieren, pero en ambos casos se orientan, se repite, a preservar a estos grupos históricamente vulnerados y discriminados, en tanto grupos diferenciados de la sociedad mayoritaria y dominante. La segunda obligada conclusión se refiere a la titularidad del derecho en cuestión en cabeza de los pueblos indígenas y de las comunidades afro colombianas del país, quienes podrán, en caso de violación del mismo, sea por que se omitió realizar la consulta, sea por que se hizo sin el lleno de los requisitos exigidos por la corte constitucional respaldados en el derecho internacional de los derechos humanos y en la doctrina de distintas instancias internacionales comprometidas con el tema, acudir ante los jueves para requerir su tutela; La tercera conclusión que merece mención tiene que ver con el ámbito de aplicación de la consulta previa en otras palabras ¿Qué debe serle consultado a estos pueblos?, la respuesta es toda medida legislativa, administrativa, judicial, todo proyecto, plan, programa, política o decisión que los afecte directamente es decir, que tenga la potencialidad de influir favorable o desfavorablemente, alterar, imponer gravámenes, obligaciones o beneficios, menoscabar sus vidas, costumbres, valores, usos, tradiciones y territorios amuéstrales, en síntesis, todo aquello que constituye su identidad y los define como pueblos y comunidades pertenecientes a una determinada étnica es posible afirmar que ...
    • File Description:
      pdf; application/pdf
    • Relation:
      http://hdl.handle.net/10654/15216
    • Rights:
      info:eu-repo/semantics/openAccess
    • الرقم المعرف:
      edsbas.99392B42