نبذة مختصرة : El artículo pretende brindar elementos para la discusión de tipo técnico/legislativo que suscita la incorporación del concepto “violencia de género” (VG) en la legislación penal, a partir de la sanción de la Ley 26791 ante la ausencia de una definición normativa expresa. Para ello se revisa el marco normativo internacional y nacional que protege los derechos humanos de las mujeres para dar cuenta del surgimiento de la expresión “violencia de género” y el desarrollo teórico y político que la sustentan. Dicho análisis explicitará el vínculo de mutua implicancia entre VG y la discriminación por razones de género como así también el rol de los estereotipos de géneros en su perpetuación y su sustrato ideológico particular. Se concluye que, aunque VG no tenga una casuística cerrada, no significa que la tarea de aplicación del derecho a los casos concretos carezca de márgenes razonables y elementos que deben ser considerados a la hora de justificar una decisión. En definitiva, calificar ciertos hechos como VG implica entrar dentro de un debate abierto, en campo del discurso jurídico, por el sentido y alcance de un concepto que se vincula directamente con el modelo de sociedad que queremos vivir y las relaciones entre género que queremos sostener.
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