نبذة مختصرة : La digitalización de los lugares de trabajo cobra una relevancia a escala mundial siendo impulsor de las empresas sin precedentes. No obstante, al mismo tiempo, ha conllevado al fortalecimiento de viejas formas conflictivas de trabajo, así como nuevas modalidades de violencia y acoso en el trabajo. A este respecto, recientemente, el ordenamiento jurídico ha prestado una mayor atención a la violencia sexual en el trabajo de ámbito digital mediante el Convenio 190 de la OIT, ya ratificado por España, también, a través de la novedosa Ley Orgánica 10/2022, 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (LO 10/2022). Por ello, como hipótesis de este trabajo de investigación se parte de que la violencia sexual digital en los lugares de trabajo no es un problema aislado, sino que se ha conformado como una realidad tan extendida como oculta en el mundo del trabajo y que emerge como un riesgo psicosocial a incluir en los sistemas de gestión de las empresas. Así, al hilo de la nueva regulación nos cuestionamos si con las recientes legislaciones nos encontramos antes nuevas obligaciones empresariales (art. 12 LO 10/2022), o bien, en realidad, no son sino una actualización de las contempladas antes por art. 48 de la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOI). En definitiva, el contenido de este trabajo de investigación versará sobre una aproximación de la realidad, buscando unos criterios de comprensión de su razón de ser mediante un análisis crítico, acompañado de propuestas de mejora que ayuden a superar las carencias que, mediante los datos disponibles, se detectan en la actualidad. ; Universidad de Málaga. Campus de Excelencia Internacional Andalucía Tech.
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