نبذة مختصرة : Resumen: La delimitación del riesgo precede al nacimiento de los derechos y obligaciones de las partes. Comprende la individualización y determinación de la base del riesgo asegurado y la fijación de los límites económicos, como franquicias, descubiertos, sumas aseguradas(1). La individualización del riesgo se refiere tanto a la rama del seguro sobre el que las partes contratan (seguro de daños, de incendio, de personas, etc.), como a su asiento (automotor, comercio, hogar, sujeto asegurado, etc.). Individualizado el riesgo asumido por el asegurador, ello no significa que pueda ser asegurado en todo caso, para siempre, de todos modos, en cualquier lugar o tiempo en que se verifique(2). Por tanto, se hace necesario delimitarlo causalmente, en forma subjetiva, objetiva, temporalmente y por su localización(3). La delimitación se realiza mediante la descripción del riesgo, de modo que lo que no se encuentra comprendido en ella debe entenderse implícitamente excluido (por ejemplo, el conductor no autorizado en el seguro automotor), como por las exclusiones explícitas, que no son otra cosa que riesgos no asegurados(4). Integran el objeto del contrato y, por ende, fueron originados en la materia negocial entre las partes que contratan.
No Comments.